20240101

ALIANZAS ESTRATÉGICAS Y LIDERAZGO COMUNITARIO

 "El mundo ha cambiado enormemente en las últimas dos décadas; en la política, en la economía, en las comunicaciones, en todas las esferas de la sociedad. Precisamente en entender esos cambios y saber leer adecuadamente la nueva realidad radica el éxito o el fracaso del liderazgo democrático. Pero también en entender esos cambios y, a partir de ellos, impulsar programas y políticas públicas que apunten al bien común, radica el éxito o el fracaso del liderazgo progresista.”


Ahora bien, la tarea principal de los líderes comunitarios en esta nueva era es la de construir redes sociales, de manera que se fortalezca y dinamice la acción ciudadana mediante la cooperación, la colaboración y la solidaridad, en forma presencial y con el uso de Internet. Las alianzas estratégicas facilitan la consecución de objetivos comunes, como hacer de la Comuna respectiva un mejor lugar para vivir, más amable, más saludable, próspero y seguro, libre de contaminación visual y sonora, con abundantes zonas verdes, donde los parques sean zonas de reencuentro vecinal desde los cuales se impulse el deporte, la cultura y la recreación, y las sedes comunales funcionen como centros de educación informal o escuelas ciudadanas sobre temas de interés para los consumidores.

 En cada comuna encontramos cinco (5) grupos de líderes comunitarios, a saber:

  - Las Juntas de Acción Comunal (JAC).

 - Los Grupos de Adultos Mayores.

 - Las Asociaciones de Padres de Familia de Instituciones Educativas

.- Las Veedurías Ciudadanas

- La Liga de Consumidores de la Comuna


Esta última, la Liga de Consumidores de la Comuna, enfocada principalmente en la educación ambiental, recuperación del espacio público y la defensa ciudadana (presentación efectiva de peticiones, quejas y reclamos ante las autoridades de control como Alcaldías y Superintendencias), puede estar conformada por delegados de los otros cuatro (4) grupos comunitarios, de manera que logre crear una alianza estratégica de líderes comunitarios para un beneficio común. Por otra parte, para la conformación de una Liga de Consumidores a nivel de Comuna solo se necesitan 25 personas que tendrán la calidad de policías cívicos, acreditados y carnetizados de acuerdo con el Decreto 1441 de 1982, quienes contarán con el respaldo de las autoridades locales para ejercer sus funciones de vigías del ambiente, del espacio público y del comercio local.

Las Juntas de Acción Comunal (JAC) pueden crear, cada una, un Comité de Educación al Consumidor para promover y difundir al interior de sus respectivos barrios, especialmente desde sus sedes comunales, el programa de “Escuelas Ciudadanas”, una Alianza Educativa Comunitaria en los barrios de Cali. El Decreto 300 de 1987 establece que las JAC deben capacitar a la comunidad para que participe en el ejercicio de los derechos y deberes ciudadanos, así como fomentar el liderazgo comunitario. Es de anotar que las Juntas de Acción Comunal (JAC) presentan en su gran mayoría una gran debilidad en la planificación de sus acciones, una deficiente organización, además de exteriorizar, dificultades en cuanto a su funcionamiento administrativo. Los miembros de las JAC, con frecuencia registran desconocimiento de las normas constitucionales, comunales y de la economía solidaria. Son falencias que afectan la organización y disminuyen la efectividad de los sistemas de comunicación interna y externa. Las JAC, presentan fallas en el diligenciamiento y gestión de libros y notables limitaciones para la gestión contractual de recursos para sus comunidades.


Los Grupos de Adultos Mayores al contrario de lo que muchos piensan de la tercera edad, están en la etapa óptima para continuar siendo productivos y una excelente oportunidad para ello, es a través del servicio ciudadano, como una forma especial de voluntariado, pues además de que se cuenta con el tiempo disponible, se tiene a su favor la madurez intelectual y admirable experiencia.

Está científicamente demostrada la importancia que tiene en el ser humano que su cerebro se ejercite constantemente para evitar enfermedades en los últimos años de vida. De ahí la necesidad de permanecer activos y no hacer un paro total que pueda traer consigo estados emocionales dañinos como la depresión, baja autoestima, debilidad u padecimientos físicos.

Tampoco se trata de seguir con el mismo ritmo de vida que se acostumbraba llevar, pero sí aprovechar las nuevas condiciones para realizar metas que hasta el momento no habían sido posibles y también prestar un servicio social que le llenará de satisfacción.

Las Asociaciones de Padres de Familia de las instituciones educativas locales deben promover los procesos de formación y actualización de los padres de familia (Decreto 1286 de 2005) y permitirían el apoyo logístico de las escuelas y colegios del sector, principalmente con sus sedes locativas, cuando alguna JAC no cuente con sede comunal o la dimensión del foro lo exija, y la eventual colaboración de los estudiantes de 10º y 11º, previa autorización del establecimiento educativo, para programas comunitarios específicos.

Las Veedurías Ciudadanas que entre sus funciones tienen la de difundir y promover los mecanismos de participación comunitaria y los derechos ciudadanos (artículo 270 de la Constitución Política y Ley 850 de 2003).

FUNDAMENTOS DEL DESARROLLO DE LA COMUNIDAD.

La Ley 2166 del 18 de diciembre de 2021 es una ley colombiana que deroga la Ley 743 de 2002 y desarrolla el Artículo 38 de la Constitución Política de Colombia en lo referente a los organismos de acción comunal. La ley establece lineamientos para la formulación e implementación de la política pública de los organismos de acción comunal y de sus afiliados, y se dictan otras disposiciones. El objetivo de la ley es promover, facilitar, estructurar y fortalecer la organización democrática, moderna, participativa y representativa de la acción comunal en sus respectivos grados asociativos. Conforme a dicha Ley el desarrollo de la comunidad tiene los siguientes fundamentos:

a) Fomentar la construcción de comunidad como factor de respeto, tolerancia, convivencia, protección integral del ambiente, inclusión, resiliencia y solidaridad para el logro de la pacífica convivencia, por lo que se requiere la formación ciudadana y Comunal, así como asumir la no violencia como estrategia que preserva la vida y garantiza las condiciones de convivencia en comunidad.

b) Promover la priorización, protección y la salvaguarda de la vida e intereses de los afiliados comunales el territorio nacional, para garantizar el adecuado desarrollo de la acción comunal.

c) Promover la concertación, los diálogos y los pactos como estrategias del desarrollo de la comunidad.

d) Validar la planeación como instrumento de gestión del desarrollo de la comunidad.

e) Incrementar la capacidad de gestión, autogestión y cogestión de la comunidad.

f) Promover la educación y capacitación comunitaria como instrumentos necesarios para recrear y revalorizar su participación en los asuntos locales, municipales, departamentales regionales y nacionales.

g) Promover la constitución de organismos de base y empresas comunitarias y comunales.

h) Propiciar formas colectivas y rotatorias de liderazgo con remoción del cargo previo debido proceso.

i) Promover la restauración y cuidado del medio ambiente como estrategia del desarrollo de la comunidad.


Si usted es un líder interesado en conformar un Comité de Educación al Consumidor en su barrio y/o la Liga de Consumidores de su Comuna y/o vincularse al programa CAFÉ CLUB DEL PARQUE, solicite una charla gratuita de FUNDECONSUMO a los teléfonos (602) 8824141 - 3168950612. Único requisito: convocar a un grupo de mínimo cincuenta (50) personas para escuchar la conferencia.

http://consumoyciudadania.blogspot.com/


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